La banca tendrá que compensar los festivos de verano que caigan en sábado
La Audiencia Nacional obliga a la banca a compensar con un día libre los festivos de verano que coincidan con un sábado.
La Audiencia Nacional ha obligado a las entidades bancarias a conceder un día de libranza a sus empleados cuando un festivo laboral cae en sábado entre el 1 de abril y el 30 de septiembre, siempre que en el sector se aplique el horario de verano.
La resolución responde a una demanda sindical y este año tendrá aplicación por el 15 de agosto, que cayó en sábado. La medida afecta a unas 160.000 personas cubiertas por los convenios de banca y de ahorros.
El fallo establece que la compensación debe concederse en un plazo máximo de 14 días. La sentencia considera contraria a derecho la práctica generalizada de no compensar los festivos estatales, autonómicos o locales cuando coinciden con días de descanso semanal o de libranza previamente asignados.
El criterio no se aplica a todos los festivos del calendario: quedan fuera, por ejemplo, celebraciones autonómicas que se sitúen fuera del periodo comprendido entre abril y septiembre, como Sant Esteve, el 26 de diciembre, en Cataluña.
La repercusión será mayor el próximo año, cuando el Primero de Mayo y el Día de Navidad caerán en sábado. La sentencia todavía no es firme y las organizaciones empresariales y sindicales pueden recurrirla ante el Tribunal Supremo.
La decisión sigue el criterio aplicado recientemente a los trabajadores del sector de atención telefónica y a los funcionarios catalanes. En Zamora, el efecto dependerá de los empleados de entidades bancarias sujetos a estos convenios.
Información elaborada a partir de La Opinión de Zamora.