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El Constitucional anula el bloqueo de una pregunta del PSOE Aragón a Nolasco

El Constitucional ampara al PSOE Aragón y anula el bloqueo de una pregunta sobre inmigración dirigida a Alejandro Nolasco.

Redacción · Zaragoza 2 min de lectura

El Tribunal Constitucional ha dado la razón al Grupo Parlamentario Socialista en las Cortes de Aragón y ha anulado las decisiones de la Mesa de la Cámara que impidieron tramitar en junio de 2024 una pregunta dirigida al entonces vicepresidente primero del Gobierno autonómico, Alejandro Nolasco, sobre el realojo de inmigrantes en el medio rural aragonés.

La Sala Segunda considera que esas resoluciones vulneraron el derecho de los diputados socialistas al ejercicio del cargo representativo, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución. La sentencia, fechada el 21 de septiembre, estima el recurso de amparo, aunque la pregunta ya no puede tramitarse porque la legislatura en la que fue presentada ha concluido.

La Mesa había pedido al diputado socialista autor de la iniciativa que reformulara la pregunta al entender que no se ajustaba a las competencias de Nolasco. Después, la Mesa y la Junta de Portavoces rechazaron la reconsideración del PSOE al considerar que había perdido su objeto tras la presentación de una interpelación de contenido similar.

El Constitucional rechaza ambos argumentos. Según el tribunal, exigir la reformulación tuvo en la práctica el mismo efecto que inadmitir la pregunta y se basó en un requisito que no aparece en el Reglamento de las Cortes de Aragón. La norma únicamente excluye las cuestiones que no guarden relación con la política de la Comunidad Autónoma.

La sentencia recuerda que el Gobierno aragonés responde políticamente de forma solidaria ante las Cortes y que las preguntas dirigidas al Ejecutivo o a alguno de sus miembros pueden ser contestadas por cualquiera de ellos. Por tanto, correspondía al propio Gobierno decidir quién debía responder, sin que la Mesa pudiera convertir esa cuestión organizativa en un requisito para admitir la iniciativa.

El tribunal también señala que la pregunta estaba relacionada con competencias autonómicas y buscaba ejercer el control político sobre unas declaraciones realizadas por quien ocupaba la Vicepresidencia Primera. Además, considera que una interpelación posterior no retiraba ni sustituía la pregunta inicial, al tratarse de instrumentos parlamentarios distintos y no existir una manifestación expresa del diputado en ese sentido. La resolución afecta al funcionamiento de las Cortes de Aragón, cuya actividad política tiene su sede en Zaragoza.

Información elaborada a partir de El Periódico de Aragón.

Fuente Elaborado por la redacción a partir de El Periódico de Aragón · Ver original

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