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El Síndic de Greuges respalda al Ayuntamiento de Xàtiva por negarse a acompañar a una vecina a denunciar pintadas contra

El Síndic de Greuges avala que el alcalde de Xàtiva no acompañe a una vecina a denunciar pintadas contra Ayuso, aunque reprocha la falta de respuesta municipal.

Redacción automática · Alicantet 2 min de lectura

El Síndic de Greuges ha respaldado la negativa del Ayuntamiento de Xàtiva a que su alcalde, Roger Cerdà, acompañe a una vecina al juzgado para presentar una denuncia por un posible delito de odio contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por las pintadas que, según la denunciante, se están reproduciendo en la localidad. La queja llegó a la institución después de que el consistorio no respondiera a la petición que la vecina había presentado en el Ayuntamiento.

La vecina había solicitado formalmente que el alcalde la acompañara a interponer la denuncia, alegando que es una de las funciones de la alcaldía recogidas por la ley. Ante la falta de respuesta, en julio acudió al Síndic de Greuges, cuyo titular, Ángel Luna, pidió un informe al ayuntamiento.

En ese informe, el consistorio sostiene que entre las facultades de la Alcaldía no se encuentra la de "acompañar al juzgado a los ciudadanos y ciudadanas para presentar denuncias". Según el ayuntamiento, las competencias a las que se refería la denunciante son las de representación de la corporación, el ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa municipal en materias de su competencia, y presentar una denuncia a título particular no implica ejercer esa representación. Por ello, concluye que "la petición de la interesada no puede ser estimada".

La vecina también reclamó respaldo jurídico al PSPV, partido al que pertenece el alcalde, sin obtener respuesta. Sobre este punto, el Síndic señala que las solicitudes dirigidas a los partidos políticos no entran en el ámbito de competencias de la institución ni se rigen por la normativa de procedimiento administrativo.

Luna reprocha al ayuntamiento no haber contestado por escrito a la vecina, lo que considera una vulneración de su derecho a recibir una respuesta expresa, pero avala el fondo de la decisión municipal: entre las competencias de los alcaldes no figura acompañar a particulares a presentar denuncias por hechos que consideren delictivos.

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