Voto en blanco, nulo o abstención: diferencias y efectos en las generales
El voto en blanco cuenta como válido y puede dificultar el 3% a los partidos pequeños; el nulo y la abstención tienen efectos distintos.
El voto en blanco es válido y se contabiliza en el recuento de las elecciones generales, aunque no se asigna a ninguna candidatura. Se produce cuando el elector introduce un sobre vacío en la urna.
Su efecto es elevar el número total de votos válidos con el que se calculan los porcentajes electorales. Por ello, puede dificultar que los partidos más pequeños alcancen el umbral del 3% necesario para obtener representación parlamentaria.
Esto significa que el voto en blanco puede perjudicar a las formaciones que están cerca de ese límite y favorecer indirectamente a las candidaturas que sí lo superan. Sin embargo, no beneficia automáticamente al partido más votado ni cambia por sí solo el reparto de escaños entre las opciones que siguen siendo elegibles.
El voto nulo, en cambio, no es válido y no influye en el reparto electoral. Se produce, por ejemplo, cuando se introducen dos o más papeletas en el sobre, se escribe en ellas o se añade algún objeto. Sí se tiene en cuenta para calcular la participación.
Ni el voto en blanco ni el nulo equivalen a la abstención. Esta última consiste simplemente en no acudir a votar. La explicación resulta aplicable también a los electores de Alicantet ante unas elecciones generales.
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