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Una comunidad de vecinos de Madrid deberá pagar casi 49.000 euros a un restaurante cerrado 47 días por obras

La Audiencia de Madrid confirma que una comunidad pague 49.011,97 euros a un restaurante cerrado 47 días por una avería de saneamiento.

Redacción automática · Donostia-San Sebastián 2 min de lectura

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a una comunidad de propietarios que deberá indemnizar con 49.011,97 euros a un restaurante que tuvo que cerrar durante 47 días por obras en la red de saneamiento del edificio. El tribunal considera acreditados los perjuicios económicos sufridos por los responsables del establecimiento, que recurrieron a sus ahorros personales para mantener el negocio mientras permanecía sin actividad. La resolución desestima el recurso presentado por la comunidad contra la decisión adoptada en marzo de 2025 por la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, que ya había fijado esa cantidad.

Durante los 47 días que duraron las obras, los responsables del local siguieron afrontando gastos fijos para conservar el negocio, pese a no tener ningún ingreso. Entre ellos figuraban los recibos de electricidad, el alquiler del local, las cotizaciones a la Seguridad Social, los alimentos y bebidas, los servicios de vigilancia y las pólizas de seguros. El tribunal considera razonable la indemnización, ya que los hosteleros tuvieron que pagar todo ello con su propio patrimonio para mantener el restaurante preparado para reabrir una vez terminadas las obras.

El cierre fue consecuencia de los daños provocados por la rotura de la red de saneamiento del inmueble, que causó grietas y el hundimiento del suelo, lo que hizo necesarias las obras. La Audiencia Provincial también reprocha a la comunidad de propietarios una falta de diligencia en el mantenimiento de las instalaciones. Según subraya, la antigüedad del edificio obligaba a extremar las comprobaciones sobre el estado de la red de saneamiento para evitar un deterioro como el que finalmente se produjo.

La sentencia confirma así la indemnización de 49.011,97 euros, aunque todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

Información elaborada a partir de Noticias de Gipuzkoa.

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