Confirman una multa de 25.000 euros a una catering valenciana por obligar a sus empleadas a llevar cofia
El TSJCV confirma la multa de 25.000 euros a una empresa de catering de Valencia por obligar solo a las empleadas a llevar cofia, por discriminación de sexo.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción de 25.000 euros impuesta a una empresa de catering de Valencia por obligar a sus empleadas a llevar una cofia o diadema en la cabeza, una exigencia que el tribunal considera discriminatoria por razón de sexo.
La resolución judicial rechaza el recurso presentado por la compañía y mantiene íntegra la multa, que había sido impuesta tras detectarse que la obligación afectaba únicamente a las trabajadoras, mientras que los trabajadores varones no estaban sujetos a la misma norma.
Para el tribunal, imponer un elemento de indumentaria exclusivamente a las mujeres constituye un trato desigual que vulnera el principio de igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, recogido en la normativa vigente sobre igualdad de trato.
El caso pone el foco en las exigencias estéticas que algunas empresas del sector de la hostelería y la restauración aplican a sus plantillas, y recuerda que las normas de uniforme o imagen corporativa no pueden establecer diferencias injustificadas entre trabajadores en función de su sexo.