La JEC exige más justificación para elegir provincia desde el extranjero
La JEC aprueba nuevas exigencias para que los residentes en el extranjero justifiquen el municipio y la circunscripción donde votan.
La Junta Electoral Central (JEC) ha aprobado este jueves, con modificaciones, las propuestas de la Oficina del Censo Electoral para endurecer los requisitos que deben cumplir los electores residentes en el extranjero al elegir el municipio y, por tanto, la circunscripción en la que votan.
La medida afecta también a las personas nacionalizadas mediante la llamada 'ley de nietos'. En julio, la JEC ya advirtió de que la elección del municipio debía estar "suficientemente motivada" cuando no coincidiera con el último domicilio de la persona en España.
La normativa vigente establece que quienes hayan residido anteriormente en el Estado deben inscribirse en el municipio de su última residencia. Si optan por otro, tienen que presentar una declaración explicativa y documentos que justifiquen su elección.
En cambio, esta obligación no se aplicaba hasta ahora a quienes nunca hubieran vivido en España, como los descendientes de exiliados acogidos a la Ley de Memoria Democrática. Estas personas pueden inscribirse en el municipio de "mayor arraigo, propio o de alguno de sus ascendientes", aunque la orden ministerial no detallaba cómo debían acreditarlo.
Según datos facilitados por el Gobierno en una respuesta parlamentaria a Vox, en abril el 82,54% de los inscritos en el CERA —el censo de españoles residentes ausentes— tenía como municipio electoral el mismo que su última residencia en España. El 17,46% restante figuraba con un municipio distinto.
La decisión de la JEC tiene alcance estatal y puede afectar a la elección de circunscripción de los residentes en el extranjero vinculados electoralmente con municipios alaveses, incluida Vitoria-Gasteiz, aunque el texto no aporta datos específicos sobre la capital alavesa.
Información elaborada a partir de Diario de Noticias de Álava.