Condenan a una gestoría a indemnizar con 20.709 euros a un trabajador extranjero despedido por errores en su permiso
Un tribunal de Castellón condena a una gestoría a pagar 20.709 euros a un trabajador extranjero despedido por errores en su permiso de residencia y trabajo.
Una gestoría ha sido condenada a pagar 20.709,26 euros a un trabajador extranjero que perdió su empleo por errores cometidos en la tramitación de su permiso de residencia y trabajo. La sentencia, dictada el 26 de octubre por la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Castellón de la Plana, reconoce la responsabilidad profesional de la empresa, así como los salarios que el afectado dejó de percibir y el daño moral sufrido.
El caso tiene un vínculo con la provincia de Alicante. Uno de los tres errores de la gestoría consistió en presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería de Alicante, cuando el trámite debía hacerse en Castellón, provincia donde el trabajador tenía su empleo. Según ha informado Legalión Abogados, despacho que presentó la demanda, el tribunal ha estimado íntegramente la reclamación y ha impuesto a la gestoría el pago de los intereses legales desde la interposición de la demanda y las costas judiciales.
El trabajador residía legalmente en España con una autorización de estancia por estudios que caducaba el 31 de agosto de 2023. Tras conseguir un contrato indefinido con una empresa de Castellón, necesitaba cambiar su situación administrativa para obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. La gestoría, que asesoraba habitualmente a la empresa, asumió el encargo, pero cometió tres errores: solicitó una prórroga de la estancia por estudios, que no correspondía a su nueva situación; presentó la documentación por el Registro Electrónico General en lugar de la plataforma Mercurio; y tramitó una renovación como si ya tuviera una autorización de residencia y trabajo, cuando procedía una modificación. A esto se sumó el error de presentar el expediente en Alicante.
En febrero de 2024, la Oficina de Extranjería inadmitió la solicitud e indicó el procedimiento adecuado. Sin autorización para seguir trabajando, el empleado fue despedido en marzo de 2025. Posteriormente logró regularizar su situación con la ayuda de otra gestoría.
La indemnización se divide en dos partidas. Una de 10.709,26 euros corresponde al lucro cesante, es decir, los salarios dejados de ingresar desde el despido hasta que encontró un nuevo empleo, calculados a partir de la media de sus nóminas anteriores; el tribunal rechazó descontar lo percibido en el finiquito. La otra, de 10.000 euros, compensa el daño moral derivado de la angustia e incertidumbre que sufrió, al haber estado expuesto a la posibilidad de ser expulsado de España.
El abogado Mario Rodríguez, de Legalión Abogados, que dirigió la defensa del trabajador, señaló que "quien acepta un encargo profesional asume la responsabilidad de hacerlo bien". Añadió que su cliente "confió en la gestoría para algo tan importante como conservar su permiso de trabajo y, por una cadena de errores, perdió su empleo y vivió meses de angustia".
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