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Los casos de islamofobia se disparan un 80% en Barcelona en 2025, según la Fiscalía

Los casos de islamofobia en Barcelona crecen un 80% en 2025 según la Fiscalía, que sitúa el origen de la mayoría en las redes sociales.

Redacción automática · Barcelona 3 min de lectura

Los casos de discriminación por islamofobia, entendida como la aversión hacia las personas musulmanas, aumentaron un 80% en Barcelona en 2025, según explicó la fiscal delegada de delitos de odio, Marta Gloria López Catalá. Pese a este incremento, el principal motivo de discriminación sigue siendo el rechazo por orientación sexual, seguido del trato desfavorable por razón de nacionalidad.

Según la última memoria de la Fiscalía de Barcelona, el año pasado se detectaron 61 casos de discriminación por orientación sexual, 42 por razón de nacionalidad y 27 por islamofobia. La fiscal precisó que esta categoría no se refiere al rechazo al islam como religión, sino a la aversión hacia las personas musulmanas. La islamofobia, cuya tendencia se mantiene en 2026, superó a la discriminación por motivos ideológicos (18 casos), al racismo (13) y a la intolerancia hacia personas con discapacidad (nueve).

Hasta esta memoria, la islamofobia se incluía en la categoría de discriminación por motivos religiosos. La Fiscalía General del Estado decidió separarla para disponer de datos más concretos. Marta Gloria López atribuyó el aumento a "la tensión social" y señaló que el 99% de estos delitos se cometen a través de las redes sociales.

La investigación de los Mossos d'Esquadra es clave para identificar a los autores de estos mensajes. Cuando la policía no logra identificar al usuario tras un perfil, la justicia debe recurrir a comisiones rogatorias internacionales para pedir información a las plataformas tecnológicas, un procedimiento que reduce las posibilidades de éxito, que la fiscal calificó de "escasas". Por ello, los investigadores trabajan a partir de indicios, como las características de los seguidores de las cuentas o su posible vinculación con partidos políticos.

En 2025, la Fiscalía abrió nueve diligencias de investigación por incitación al odio por islamofobia, delito tipificado en el artículo 510.1 del Código Penal. Durante ese periodo se archivaron siete procedimientos, que no necesariamente correspondían a los iniciados ese año, se presentó una denuncia y un escrito de acusación. También se incoó una investigación por islamofobia vinculada a un delito de lesión de la dignidad (artículo 510.2) y se presentaron cinco escritos de acusación, que derivaron en una sentencia condenatoria. Está previsto que en 2026 se celebren más juicios por este motivo. En cambio, durante todo 2025 solo se tramitó una investigación por antisemitismo en Barcelona.

Según el Código Penal, la incitación al odio por islamofobia puede castigarse con entre uno y cuatro años de prisión y multa de seis a doce meses. Aunque la ley no menciona expresamente la palabra "islamofobia", protege frente a conductas discriminatorias motivadas por la religión, las creencias o el origen nacional o étnico. Constituye delito, por ejemplo, promover públicamente agresiones contra musulmanes o difundir mensajes que inciten a discriminarlos por su religión. La humillación o el menosprecio grave de un colectivo por motivos religiosos puede castigarse con seis meses a dos años de prisión y multa de seis a doce meses.

Información elaborada a partir de El Periódico (Barcelona).

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