Quiénes quedan exentos del impuesto turístico en Bizkaia según la nueva norma foral
Menores, dependientes, personas con discapacidad y alojados por motivos sanitarios quedan exentos del impuesto turístico en la nueva norma foral de Bizkaia.
La norma foral que los ayuntamientos de Bizkaia están adaptando para aplicar el impuesto turístico contempla una serie de exenciones que dejarán fuera del pago a determinados colectivos. Entre ellos, los menores de edad, así como las personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 65% o una situación de dependencia de grado II o III. En este último caso, la exención se extiende también a un acompañante.
Tampoco tendrán que pagar quienes necesiten alojarse por razones sanitarias, junto con su acompañante, aunque deberán justificarlo. La normativa protege igualmente a quienes deban abandonar su vivienda por una catástrofe natural, una emergencia, obras o siniestros que la hagan inhabitable. Asimismo, quedan al margen las estancias vinculadas a estudios, investigación académica o determinados programas públicos de talento.
Otra excepción son las estancias subvencionadas mediante programas sociales con fines turísticos organizados por administraciones públicas de toda Europa, como el Imserso, según recoge la norma.
En cuanto a las bonificaciones, los ayuntamientos con 25 plazas alojativas o menos podrán aprobar descuentos de hasta el 100% de la cuota. La misma posibilidad se contempla para aquellos municipios cuya intensidad turística sea inferior al 1% y que no superen las 75 plazas. Por el contrario, las localidades con al menos 750 plazas de alojamiento, o los municipios de más de 5.000 vecinos con una intensidad turística del 10%, podrán establecer recargos de hasta el 50% en todas las tarifas.
Por último, la norma incorpora una excepción temporal: las estancias reservadas antes del 5 de febrero de 2026 no estarán sujetas a la exigencia de la tasa turística.
Información elaborada a partir de El Correo (Bizkaia).