El Supremo pide alegaciones sobre el voto de los nacionalizados por la ley de nietos
El Supremo da 48 horas para alegar sobre si deben ser oídos los nacionalizados por la ley de nietos antes de decidir sobre el voto exterior.
El Tribunal Supremo ha dado un plazo improrrogable de 48 horas, hasta las 15.00 horas del jueves, para que las partes informen sobre si deben ser oídas las personas que obtuvieron la nacionalidad española por la llamada ley de nietos y aún no figuran en el censo electoral de residentes ausentes en el extranjero (CERA), así como quienes ya han sido inscritas.
La decisión se produce mientras la Sala estudia si mantiene o levanta la medida cautelar adoptada el 8 de septiembre, que dejó en suspenso determinadas inscripciones en el CERA de hijos y nietos de exiliados por la represión franquista que adquirieron la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática, cuando no acrediten esa condición.
El plazo afecta a la Junta Electoral Central, la Abogacía del Estado, el Ministerio Fiscal y los demandantes: Vox, Iustitia Europa y Hazte Oír. El Supremo señala que considera necesario oír a los nacionalizados para valorar la válida y eficaz constitución de la relación jurídico-procesal, aunque ninguna de las partes lo había solicitado hasta ahora.
Las entidades demandantes han pedido al alto tribunal que rechace el recurso de la Abogacía del Estado y adopte medidas para garantizar la eficacia de las inscripciones afectadas en las elecciones generales convocadas para el 29 de noviembre de 2026. Entre sus peticiones figuran determinar qué inscripciones están suspendidas dentro del censo cerrado a 1 de agosto y remitir un listado anonimizado, con la provincia de asignación, de las personas cuyo derecho de voto esté suspendido.
Hazte Oír también ha solicitado que se traslade al Ministerio de Asuntos Exteriores la petición de promover una invitación temprana a la OSCE/OIDDH para evaluar las necesidades de observación del proceso electoral, incluido el voto exterior. La Abogacía del Estado reprocha a los demandantes que planteen una supuesta alteración artificial del censo exterior y que pretendan impedir el voto de miles de españoles.
El procedimiento tiene alcance nacional y afecta al voto exterior, también de ciudadanos vinculados a la Región de Murcia que estén inscritos o hayan solicitado su inscripción en el CERA. La deliberación del Supremo estaba prevista antes del anuncio de las elecciones, aunque los demandantes han reclamado una resolución urgente tras la convocatoria.
Información elaborada a partir de La Opinión de Murcia.