La Seguridad Social puede recortar hasta un 21% la pensión por jubilación anticipada
Cómo funcionan los recortes por jubilación anticipada: hasta un 21% de rebaja según los meses adelantados y los años cotizados, según el artículo 208 de la LGSS
La Seguridad Social aplica coeficientes reductores a la pensión de quienes se jubilan antes de la edad ordinaria, y el recorte puede llegar al 21% incluso para trabajadores con cerca de 40 años cotizados. En 2026 la edad ordinaria es de 65 años para quienes acreditan al menos 38 años y tres meses de cotización; el resto debe esperar hasta los 66 años y 10 meses. A partir de 2027 la edad general sube a los 67 años, aunque quien tenga 38 años y seis meses cotizados mantiene el acceso a los 65.
Los recortes se calculan según los meses de adelanto respecto a esa referencia y se rigen por el artículo 208 de la Ley General de la Seguridad Social, publicado en el BOE. Por ejemplo, quienes acreditan entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses y se jubilan 24 meses antes sufren una rebaja del 19%; con 23 meses de adelanto, del 16,5%, y con un año, del 5,25%.
La duración de la carrera laboral también influye. Con dos años de adelanto, quien no llega a 38 años y seis meses cotizados ve su pensión reducida un 21%, el porcentaje más alto de la tabla. Ese castigo baja al 17% a partir de los 41 años y seis meses de cotización y al 13% desde los 44 años y seis meses.
Para la modalidad voluntaria de jubilación anticipada se exige, además, haber cotizado al menos 35 años, dos de ellos dentro de los últimos 15. La pensión resultante tras aplicar el recorte debe superar la pensión mínima que correspondería a esa persona a los 65 años, según su situación familiar; si no lo supera, el acceso anticipado no está permitido.
Información elaborada a partir de La Opinión de Murcia.